Pienso, luego decido: educación financiera para escolares
A menudo nos damos cuenta que nos salimos de presupuesto o gastamos más de lo que teníamos. A veces los gastos imprevistos exceden nuestros ingresos, compramos algo que en realidad no nos hacía falta o compramos sin conocer todas las condiciones de la empresa o producto.
¿Qué es la educación financiera?
La educación financiera implica conocer conceptos del mundo económico, y sus instrumentos financieros, desarrollando competencias e instalando capacidades que permitan a ciudadanos y ciudadanas actuar con propiedad en el mundo financiero del que son parte; y así puedan tomar decisiones conscientes e informadas. La Educación Financiera es útil y necesaria para todos y todas. En la etapa escolar, podemos promover conductas de consumo en la que la participación de los docentes, es fundamental.
Acerca de la campaña
La Campaña "Pienso, Luego Decido", la cual tiene como misión sensibilizar e informar a los consumidores y consumidoras en relación a sus prácticas de consumo cotidianas está dirigida específicamente a escolares entre 6to año básico y 1° año medio del país.
La iniciativa tiene un enfoque dinámico y ahonda en los problemas cotidianos que día a día deben enfrentar los ciudadanos en el ámbito financiero y económico.
Revisa los videos relacionados y aprende junto al Chanchito del Ahorro y Tabatha sobre Educación Financiera
Material de campaña
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¿Cuáles son las obligaciones de una empresa o proveedor?
- Las empresas deben cumplir con todo lo prometido en su publicidad y lo informado y acordado en los contratos.
- Deben ofrecer productos y servicios de calidad que en ningún caso arriesguen la salud y seguridad de los consumidores.
- Deben respetar el precio exhibido, informado o publicitado.
- Las empresas no pueden negar injustificadamente la venta de sus bienes o la prestación de sus servicios. No podrán discriminar arbitrariamente a los consumidores.
- Los sistemas de seguridad y vigilancia deberán respetar la dignidad y derechos de las personas.
- Deben entregar la información comercial básica que sea requerida por el Sernac.
- En compras electrónicas o a distancia, la empresa debe informar las condiciones generales de la venta y enviar una confirmación escrita del contrato. También debe respetar el derecho a retracto.
- Cuando la empresa venda productos usados deberá informar de manera expresa esta situación antes de realizar la venta.
¿Cuáles son los derechos de los consumidores consagrados por ley? ¿Y cuáles sus deberes?
Como consumidor usted tiene derechos, como elegir libremente un determinado bien o servicio, acceder a una información veraz y oportuna, a no ser discriminado sin razones fundamentadas por parte de los proveedores, derecho a la seguridad en el consumo de bienes y servicios, a la reparación e indemnización, ante daños ocasionados por consumo de productos o contratación de servicios, derecho a la educación para un consumo responsable e informado, derecho a retracto o arrepentirse en casos como: matricula por primera vez, como alumno de primer año de una universidad, instituto profesional o tiempos compartidos. El derecho a garantía legal, que le permite para productos nuevos que fallan (cambio, reparación o devolución del dinero). Derecho a reclamar por sus derechos como consumidor, ante el SERNAC o ante la empresa.
Para conocer en detalle sus derechos como consumidor, ingrese a la Guía del Consumidor.
¿Cuál es el derecho general de información que tiene un consumidor?
Para todo consumidor se consagra el derecho a recibir información básica comercial, de manera oportuna y verdadera.
En consecuencia, cuando la información entregada sea inoportuna o falte a la verdad, existe infracción a la ley.
¿Cuál es la información comercial que debe entregarle una empresa a un consumidor antes de realizar un contrato?
La ley señala que la información básica comercial corresponde a los datos e instructivos destinados a identificar el bien o servicio que se entrega al consumidor, como también los instructivos de uso y los términos de la garantía.
¿Cuándo hay publicidad engañosa en un producto o servicio?
Entendemos por publicidad la comunicación dirigida al público para motivarlo adquirir un bien o servicio.
Cuando esa comunicación pública contiene expresiones que producen confusión entre los consumidores a partir de marcas, nombres de empresas o productos, o signos distintivos de los competidores; hay infracción a la ley.
¿Qué hacer si estimo que hay publicidad engañosa?
En caso que la empresa, en una publicidad, induzca a error o engaño a los consumidores, éstos podrán reclamar la vulneración de sus derechos.
Si sus derechos se han visto vulnerados puede hacer un reclamo, o bien, puede ingresar una Alerta Ciudadana al SERNAC a través del Portal del Consumidor, llamando al 800 700 100 o acudiendo a las Oficinas Regionales, a los Municipios o Servicios Públicos en convenio.
¿Es posible obligar a una empresa a comprobar la publicidad que tiene en sus productos o servicios?
Efectivamente, la ley dispone que toda la información contemplada en los envases, etiquetas o en los mensajes publicitarios o difusión de bienes y servicios, debe ser susceptible de comprobación.
¿Cuál es la sanción aplicable a quien cometa infracción publicitaria?
Según lo dispuesto por la ley puede ser sancionado hasta con 750 unidades tributarias mensuales.
¿Puede un proveedor desconocer las condiciones publicitarias con las que motivó a un consumidor a contratar un bien o servicio?
No. Todo consumidor debe saber que en su contrato están incorporadas las condiciones publicitarias que se le exhibieron antes y al momento de contratar.
¿Cuáles son mis derechos frente a promociones y concursos que hacen los proveedores para publicitar sus bienes y servicios?
La ley ha dispuesto que se debe informar sobre las bases del concurso, el tiempo o plazo de duración de las promociones.
La sola referencia a que las bases están en una notaría no es suficiente.
¿Qué pasa si un proveedor, habiendo hecho oferta o promoción de un bien o servicio, no lo respeta?
La ley indica que es posible solicitar a un juez el cumplimiento forzado de esa promoción u oferta.