Justicia condena a automotores Gildemeister
Justicia condenó a Automotores Gildemeister al pago de una indemnización de perjuicios de 1 millón 200 mil pesos, tras no revisar el desperfecto de airbag alertado por consumidora, dispositivo de seguridad que finalmente no se […]
13 de agosto de 2014
Justicia condenó a Automotores Gildemeister al pago de una indemnización de perjuicios de 1 millón 200 mil pesos, tras no revisar el desperfecto de airbag alertado por consumidora, dispositivo de seguridad que finalmente no se activó al momento de ocurrir un accidente, lo que le ocasionó lesiones en el rostro a la afectada. Con graves lesiones en su rostro terminó una joven, quien se golpeó contra el volante por la no activación de airbag, tras sufrir accidente con el auto de su madre. Lo anterior pese a que previamente el auto a fue llevado a Automotores Gildemeister para revisión de dicho sistema de seguridad.
Dada esta situación, la madre y dueña del auto, acudió a SERNAC para interponer su reclamo. No obstante, la empresa no dio una solución favorable tendiente a reparar el daño ocasionado producto de la deficiente prestación de servicio.
Por esta razón, el organismo decidió interponer una denuncia ante el Juzgado de Policía Local de Valdivia, instancia ante la cual la madre de la joven afectada y dueña del vehículo, se hizo parte demandando civilmente.
Durante el juicio, en su defensa, la empresa argumentó que la no activación del airbag se debió al ángulo del impacto que sufrió el auto y la velocidad de desaceleración del vehículo.
Asimismo, la empresa señaló que no había falta alguna, ya que el vehículo fue comprado hace 6 años atrás, y que la no activación del airbag no se debió a una falla de seguridad atribuible a la automotora ni a una alteración de las condiciones ofrecidas.
El juez analizó los antecedentes, entre ellos, un peritaje realizado al vehículo, el cual concluyó que, tras el impacto, el airbag debió activarse dado que el móvil impacta un cuerpo en reposo.
Sin embargo, lo determinante para el tribunal fue el hecho de que se había realizado previamente una revisión al auto, en donde se alertó a la empresa que el sistema de seguridad permanentemente encendía una luz en el tablero, lo que según los encargados del taller se habría resuelto durante dicha revisión.
Por tanto, el Juzgado de Policía Local de Valdivia condenó a Automotores Gildmeister por haber prestado un servicio deficiente al no revisar dicha falla que pudo haber evitado las lesiones de la consumidora.
Este fallo fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que no sólo confirmó la infracción de la empresa, sino que además terminó por condenar a Automotores Gildemesiter al pago de 1 millón 200 mil pesos por los perjuicios ocasionados a la afectada, hija de la consumidora dueña del vehículo.
Dicho tribunal, por tanto, desestimó el alegato de la empresa, quien señaló que no existía relación de consumo dado que la afectada no era quien pagó por el auto, sino su madre.
Con ello se ratificó que los consumidores o usuarios serán no sólo los que adquieren un producto, sino también quienes hacen uso de él, tal como fue en este caso.
Automotores Gildemeister fue condenada además al pago de 5 U.T.M (cerca de 200 mil pesos), al no efectuar los expertos una revisión de la falla ocasional advertida por la luz del tablero tal y como se solicitó.
Este fallo confirma que las empresas deben ser profesionales y entregar un servicio de calidad, especialmente en los servicios de reparación, pues el consumidor no es un experto para saber si el arreglo se realizó como se debía.
Asimismo se ratifica que con la seguridad, la confianza e integridad física de los consumidores no se juega, más cuando en el mercado automotriz está en juego la vida de los conductores, quienes acuden a servicios especializados para las mantenciones y revisiones de los vehículos.