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Sobre cumplimiento de etiquetado en la venta de calzado

El presente dictamen, solicitud de interpretación N° 35768136, se refiere a la forma de cumplimiento de la rotulación de calzado. Establece que el rótulo debe mantener una condición permanente en el bien, determinando que el uso de etiquetas colgantes o removibles no satisface el estándar legal, lo que constituye una vulneración a sus deberes de información

18 de febrero de 2026

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Mercados: Calzado

Tipo de producto: Calzado

Legislación y normativa: Dictámenes Interpretativos

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